Necesitamos un Código Penal que respete los derechos humanos
y no que los vulnere
Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, repudiamos enérgicamente la maniobra dilatoria y regresiva en términos de derechos humanos del Poder Ejecutivo Nacional que, en un nuevo intento por condicionar nuestros derechos sexuales y reproductivos, envió al Congreso de la Nación un proyecto de reforma del Código Penal que implica no solo un desconocimiento de la normativa internacional en materia de DD. HH. vigente, sino también un grave retroceso en relación con el debate social del 2018 y la media sanción de nuestro proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
Si bien esta iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional busca modificar varios artículos, desde la Campaña nos detendremos solamente en analizar aquellos que se relacionan con nuestros derechos sexuales y reproductivos, específicamente, con la interrupción legal del embarazo (ILE): los artículos 85, 86, 87 y 88 del CP.
El proyecto de modificación sigue una línea punitivista e incorpora como delito la “lesión a la persona por nacer” (artículos 95, 96 y 97 ), en su forma dolosa (con intención) y culposa (sin intención). Este nuevo “delito” le otorga al feto un estatus jurídico determinado, ajeno y distinto al cuerpo de la mujer o persona con capacidad de gestar, en un intento de equipararlo a una persona ya nacida. Esta cuestión ha sido ampliamente discutida, y tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo F.A.L. como la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa Artavia Murillo concluyeron que no representa delito.
La reforma infringe el derecho a la autonomía de las mujeres y personas con capacidad de gestar, amplía injustificadamente la posibilidad de castigar y va en contra de la promoción de derechos establecida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la normativa vigente.
Otro avance que se ve afectado es el acceso a la interrupción legal del embarazo: el código penal en su art. 86 establece las causales para acceder a una interrupción legal del embarazo (ILE) y el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (2015) adhiere a la definición de salud integral emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Las modificaciones solo mencionan el concepto de “salud física o mental”, lo que da lugar a que el término “salud” sea interpretado de forma restrictiva.
El proyecto impulsado por el Ejecutivo es anacrónico, atrasa y no tiene en cuenta derechos que como sociedad ya hemos incorporado. El encabezado que proponen para el art. 86 dice: “Se impondrán las penas establecidas en el artículo 85 e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena a prisión, a los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”. El mismo Estado que impulsa este texto, por otro lado, insta a cumplir el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo y el Plan Nacional de Prevención del Embarazo No Intencional en Adolescentes (Plan ENIA). Por otro lado, se incumple con la Ley 26.473 de Identidad de Género (2012), ya que se omite a otras personas con capacidad de gestar, negando así los avances en materia de reconocimiento de los derechos humanos de las identidades de género, conseguidos gracias a la lucha del movimiento LGBTTTIQ+.
Este intento de reforma fue presentado a los medios de comunicación como “despenalización” del aborto, solo porque establece que si una mujer interrumpe su embarazo no será penada. Es decir, que las personas que decidan interrumpir una gestación deberán hacerlo en la clandestinidad, de forma insegura y sin acompañamiento, lo que profundizará las diferencias socioeconómicas entre quienes puedan pagar una práctica en condiciones sanitarias más seguras y quienes no.
Creemos firmemente que la mejor propuesta que se presentará en el Congreso sobre ampliación de derechos sexuales y reproductivos será el proyecto de ley de IVE que elaboramos desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, de forma horizontal, con la participación de todos los sectores que intervienen en esta realidad y con la incorporación de conceptos modernos en el marco de la garantía de los derechos humanos de las mujeres y las identidades con capacidad de gestar.
Los abusos sexuales, embarazos no deseados, abortos clandestinos e inseguros y demás problemáticas que pesan sobre nuestros cuerpos deben ser resueltas con el diseño de políticas públicas que garanticen los derechos humanos, la salud, la libertad, la autonomía y los proyectos de vida de las mujeres y otras identidades, no con amenazas penales.
Educación sexual para decidir.
Anticonceptivos para no abortar.
Aborto legal para no morir.
Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito
Necesitamos un Código Penal que respete los derechos humanos y no que los vulnere