Consideraciones sobre el proyecto del PEN. Es ahora #AbortoLegal2020

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito realiza algunas consideraciones sobre el proyecto de Ley de Regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo y atención del post aborto (IVE) redactado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), que recoge parte de la producción colectiva del movimiento feminista y de mujeres de Argentina y que es tratado en estos días en el Congreso de la Nación, a la par de nuestro proyecto, que fue presentado el 28 de mayo de 2019 por octava vez, con el apoyo de representantes legislativos de todo el arco político y que aún cuenta con estado parlamentario.

En relación a su contenido el proyecto de ley de IVE del PEN y el proyecto de la Campaña tienen coincidencias muy significativas y los mismos objetivos de garantizar el acceso al aborto legal, seguro y gratuito, lo que permite esperar que, de su tratamiento, resulte una buena ley. A su vez, ambos proyectos retoman también los consensos logrados en la media sanción de 2018. En este sentido, entendemos que el proyecto del PEN es también resultado de la larga trayectoria de luchas y producción de conocimiento que la Campaña como movimiento social ha realizado.

Las coincidencias más importantes: la legalización, despenalización y el reconocimiento del derecho al aborto legal, seguro y gratuito hasta la semana 14 de gestación inclusive, las causales luego de este período, el acceso a la práctica por parte de niñas y adolescentes y personas con discapacidad de acuerdo a la normativa del Código Civil, la existencia de consejerías no obligatorias y su cobertura por los sistemas de salud, entre otras valiosas coincidencias.

Además, el proyecto de ley de IVE del PEN incorpora en el articulado los principios rectores de la atención médica previstos en la Ley de Derechos del Paciente y del protocolo ILE del Ministerio de Salud de la Nación (trato digno y libre de violencias, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información, de transparencia activa y calidad, según estándares de la OMS). Para el caso de niñas y adolescentes retoma los avances en el tema de autonomía progresiva de la voluntad y es muy valioso el agregado de la referencia a la resolución nº 65/15 del Ministerio de Salud de la Nación que aclara el alcance de las prácticas no invasivas. Hace expresa mención a que deberá protegerse a la mujer y toda persona con capacidad de gestar de injerencias ilegítimas por parte de terceros y que sólo se les incluirá en caso de expresa autorización de ella.

Por otra parte, el proyecto enmarca el derecho al aborto en el esquema constitucional y convencional de nuestro país, despejando así falsos argumentos respecto de su inconstitucionalidad. Resalta además que se trata de un tema de orden público, por tanto de aplicación obligatoria en todo el país.

Sin embargo, tenemos algunas observaciones y diferencias respecto de la mención de la Objeción de Conciencia (OC) del personal médico que está a cargo de prestar este servicio o de proveer la práctica. Nuestro proyecto no contempla la OC por el uso violatorio a los derechos de las mujeres y personas gestantes del que ha hecho abuso el personal médico antiderechos. La experiencia indica que es la puerta de entrada del incumplimiento de la ley, y la obstrucción del acceso, como ocurre actualmente con la provisión de las ILE en nuestro país y de las IVE en los países en donde está permitida en su legislación, generando demoras, malos tratos, morbilidad, mortalidad materna y trasladando la carga de trabajo a quienes sí garantizan el derecho trabajando a conciencia.

Asimismo, señalamos que los días de plazo para acceder a la práctica/derecho se extienden de los 5 días -que ha propuesto nuestro proyecto- a 10 días. También sostenemos la necesaria inclusión del derecho al aborto como contenido curricular de la ESI.

Por último, el Proyecto IVE de la Campaña, que recorrió el país a lo largo y ancho construyendo consensos federales, no admite penalización para las mujeres. Prevé además que el sistema de salud garantice un intérprete en la lengua o idioma en la que se comunica la persona que requiere la práctica, a solicitud de las regionales con mayor diversidad étnica y que en el proyecto del PEN desaparece del articulado.

Finalmente, recibimos gratamente en los fundamentos del proyecto de IVE del PEN el reconocimiento a la lucha de la Campaña y del movimiento feminista y de mujeres de Argentina.

Seguimos en Campaña hasta que Sea Ley.

Consideraciones sobre el proyecto del PEN. Es ahora #AbortoLegal2020 4 diciembre, 2020 4 diciembre, 2020 Documentos

Scroll al inicio