“Diferentes estrategias para el acceso al aborto legal, seguro y gratuito”

Jurista. Nació en Colombia. Vive en Bogotá y en Nueva York es Directora del proyecto  Women’s Link Worldwide. cuyo objetivo principal es ofrecer, a activistas de derechos humanos, estrategias para trabajar con los jueces usando comparaciones regionales y estándares internacionales.

Como Directora del Proyecto de Género y Justicia en Colombia, llevó a cabo un análisis global comparado sobre el rol de los jueces en la promoción de los derechos de las mujeres, basado en entrevistas a jueces, activistas y académicos en España, Polonia, Sur de África, Tailandia, Australia y Colombia. Este proyecto se encuentra en continua expansión a otros países.

Es graduada en Derecho de la Universidad de los Andes de Bogotá, Especialista en Derecho Internacional y Derecho Comparado, y Magister en Derecho Global de Interés Público egresada de la Universidad de Nueva York.

Autora de numerosas publicaciones, la importancia de su presencia en el Seminario es porque ha sido la abogada demandante en la acción de inconstitucionalidad que logró la liberación reciente del aborto en Colombia y cuya experiencia contará.

Mónica Roa: Buenas tardes a todas y a todos. Es para mí siempre un placer hablar de la experiencia que tuvimos en Colombia con el proyecto Laica, que denominamos así porque representa las iniciales del título del proyecto que se llama “Litigio de alto impacto en Colombia de constitucionalidad del aborto”.

Cuando uno hace litigio de alto impacto tiene dos objetivos, uno es sostener un ámbito favorable por parte de una Corte, pero además uno quiere lograr un alto impacto. Quiere decir que quiere modificar la manera de abrir un debate para ver cómo la opinión pública entiende un determinado tema, con la excusa de hacer la presentación de una acción frente a la Corte.

Entonces son dos objetivos principales: 1) Una decisión favorable de la Corte y 2) Un cambio en la opinión pública.

Utilizamos tres estrategias fundamentales: La primera es un cambio en los términos del debate. La segunda es un cambio en la instancia frente a la cual se está dando el debate, y la tercera es un cambio frente a los actores que estaban participando en el debate.

En cuanto a la primera, un cambio en los términos en que se estaba dando el debate, en Colombia desde hace más de treinta años se habían presentado varios proyectos de ley en el Congreso buscando la despenalización del aborto. El primero se presentó en el año 1973 y esto nos da una idea de la cantidad de tiempo y energía que se ha gastado frente a esto. No es una cosa que pasó de un momento a otro, sino que feministas anteriores a mi generación han venido trabajando y abonando el terreno siempre frente al Congreso y dando un debate político dentro del contexto colombiano.

Lo que nosotros hicimos primero fue estudiar cuáles eran los términos en que se venía dando el debate. Hicimos un estudio de los archivos de prensa desde el año 1973 para ver cómo los medios de comunicación cubrían el tema. Ahí vimos que el debate siempre era de moral y religión.

Nosotros la cambiamos radicalmente. Tratamos que el aborto siempre fuera visto como un problema de salud pública, derechos humanos y equidad de género.

Desde un primer momento enmarcamos el debate precisamente como una violación al derecho a la vida, a la salud y a la integridad de la mujeres. En Colombia el aborto es la tercera causa de mortalidad materna. Estas estadísticas sólo reflejan las muertes de las mujeres que tienen un aborto complicado. No reflejan las muertes de las mujeres que sí se hubieran salvado, si hubieran podido tener un aborto a tiempo.

Tengo un caso muy cercano a mí en Colombia, de una mujer que le descubrieron cáncer cuando tenía sólo un mes de embarazo en el útero. Ella se hubiera podido tratar perfectamente el cáncer si hubiera podido interrumpir el embarazo, pero la obligaron a llevarlo a término. Hoy en día ella está en etapa terminal y se va a morir por no haber podido tener un aborto a tiempo. Su muerte en las estadísticas va a figurar como una muerte por cáncer.

Con esto les demuestro cómo las estadísticas que muestran que el aborto es la tercera causa de mortalidad materna es ficticia, porque son muchas más mujeres las que podrían salvar su vida si pudieran acceder a un aborto a tiempo.

Con este argumento de salud pública enmarcamos el aborto como el derecho a la vida.

Además utilizamos mucho todas las interpretaciones que hay del derecho internacional. La oposición generalmente habla del derecho a la vida y el derecho a la unidad del hijo no nacido,  pero en el derecho internacional de eso no se habla. Nunca ninguna Corte ha reconocido derechos al hijo no nacido.

Cuando se habla de aborto y de derecho a la vida, el Derecho Internacional dice que se viola el derecho a la vida de las mujeres, por parte de los países que tienen unas leyes de aborto altamente restrictivas, por la causalidad tan directa que hay entre la restricción al aborto y la mortalidad materna.

Esto está clarísimo en el Derecho Internacional y en Colombia como acá en Argentina, la Constitución incorpora todos los Tratados de Derechos Humanos al sistema nacional, que son una referencia relevante para discusiones jurídicas.

El problema del aborto como un tema de equidad de género: obviamente sólo las mujeres quienes nos embarazamos, por lo tanto sólo las mujeres estaremos enfrentadas a la decisión de interrumpir o no un embarazo. Como lo dice el Código de Ética encargado de monitorear la Convención para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres, no hay ninguna práctica médica que sea necesitada sólo por los hombres que esté considerada un delito. Pero una práctica en salud que las mujeres sí necesitan se considera un delito. Por lo tanto aquí hay una clara discriminación.

Finalmente, otro argumento que se une perfectamente con la justicia social y cuyo esquema compartimos con la Argentina es cuando las mujeres tienen recursos. Esas mujeres con recursos pueden pagar un médico privado o viajar a otros países donde el aborto sea legal sin ningún problema. Son las mujeres con menos recursos, las que viven en zonas rurales, las más jóvenes, las más vulnerables, las que realmente terminan pagando incluso con su vida, la total penalización del aborto como era en el caso de Colombia. Ustedes no tienen total penalización pero en la práctica hay una total inaccesibilidad.

Entonces, esta fue la manera como cambiamos los términos del debate.

Nosotros lo teníamos claro y eso tenía muchas implicaciones prácticas. Una de ellas por ejemplo es que cuando los periodistas me pedían entrevistas, yo les decía: Ustedes me quieren preguntar a mí y no me pueden poner a discutir con un sacerdote, con un representante de la Iglesia Católica, porque el debate que yo estoy dando es un debate jurídico, no es un debate ni moral ni religioso. Si la Iglesia Católica quiere estar en contra, a mí me parece perfecto que esté en contra. Católicas por el Derecho a Decidir, de las que nosotros también tenemos representantes en Colombia, son las que critican la posición oficial de la Iglesia. Si ustedes quieren hablar del debate moral sobre el aborto, traigan a Católicas por el Derecho a Decidir, traigan a representantes de la Iglesia Católica, de pronto traigan a representantes de otras religiones para ver qué posiciones tienen frente a esto.

Pero ustedes quieren entrevistarme a mí y quieren preguntarme sobre la demanda que presenté ante la Corte, me tienen que traer a un abogado constitucionalista. Podremos no estar de acuerdo pero yo estoy dispuesta a debatirlo siempre en términos jurídicos y constitucionales. Eso si bien fue quedando cada vez más claro para los periodistas, comenzaron a hablar con las abogadas del Episcopado colombiano. Pero incluso con ellas teníamos muchos acuerdos porque eran abogadas. Como Colombia ha ratificado Tratados de Derechos Humanos y cada Tratado tiene un Comité que está encargado de mirar qué estás haciendo y si estás cumpliendo con sus obligaciones y recomendaciones. Esas recomendaciones sirven como guía de interpretación para los derechos constitucionales de Colombia.

Pero a medida que fue pasando el tiempo tanto en los medios de comunicación como en la sociedad en general, se fueron dando cuenta que el debate moral y religioso eran dos cosas totalmente distintas y que en este caso, el debate moral no podía con el debate constitucional.

La segunda estrategia fue el cambio de instancia. Como les comentaba antes, se habían presentado cinco o seis proyectos de ley en el Congreso de la República y todos fracasaron.

La gran mayoría buscaban despenalizar el aborto en ciertas circunstancias. Presentamos una demanda frente a la Corte Constitucional porque la estrategia de trabajar con el Congreso había fracasado. Había fracasado claramente porque a pesar de ser un Estado laico la Iglesia Católica sigue teniendo mucho poder dentro del contexto colombiano.

Desde la reforma de 1991, se crea la Corte Constitucional que tiene la función de proteger los derechos de todos, incluso de las minorías frente al poder de la democracia vehiculizado en las leyes que dicta el Congreso. Aquí le correspondía a la Corte decidir que el Congreso se estaba extralimitando en sus funciones como legislar y penalizar el aborto en todos los casos, e incluso que éramos una minoría sin representatividad suficiente en el Congreso para presentar un proyecto de ley y se tenían que respetar nuestros derechos.

Más adelante, a medida que el proceso avanzó, me encontré con muchos políticos que me decían que estaban muy contentos que el tema estuviera en la Corte porque ellos podían estar de acuerdo, pero no podían votar a favor en el Congreso, porque si lo hacían la Iglesia Católica va a los pueblitos donde los eligen y los domingos hacen las homilías o sermones en contra y se les acababan los votos. Lo decían con un poco de tristeza y vergüenza pero de una manera muy realista. Por eso apoyaban que el tema fuera a la Corte Constitucional.

En Colombia tenemos un sistema constitucional que facilita bastante este proceso, porque cualquier ciudadano o ciudadana puede presentar la demanda de inconstitucionalidad directamente frente a la Corte Constitucional. No hay que agotar otras instancias judiciales. Se pueden hacer litigios en abstracto, que quiere decir yo demandé el art. 122 del Código Penal y no tuve que buscar casos de mujeres que quisiera abortar, sino que abrí litigio en abstracto.

Esto lleva mucho menos tiempo, menos gastos, menos fondos con los que trabajamos en la organización a la que pertenezco.

Los argumentos que presentamos creo que son totalmente aplicables para el caso argentino. En Colombia la Constitución Nacional incorpora los Tratados de Derechos Humanos que han sido ratificados a la Constitución Nacional. Resulta que cada uno de los Tratados tiene un Comité que está encargado de monitorear si los Estados que se comprometieron, están cumpliendo con las recomendaciones internacionales que de ahí se derivan. A partir de ese examen que ellos hacen, es que emiten recomendaciones a cada uno de los países. Esas recomendaciones son por lo tanto, la interpretación autorizada del lenguaje de derechos humanos que a veces es un poco vago y amplio. Pero en este tema es particularmente claro.

El tema del derecho a la vida, se puede argumentar para algunos como el derecho a la vida del no nacido, y para otros como el derecho a la vida de la mujer que pone en peligro su integridad por un aborto inseguro. Es en ese momento en donde las interpretaciones autorizadas de los tratados nos dan una interpretación mucho más concreta. De manera expresa dicen: “Nos preocupa mucho que el aborto sigue siendo penalizado en todos los casos, le recomendamos al país revisar sus normas sobre abortos, para que por lo menos no sea penalizado en los casos más extremos: peligro para la vida de las mujeres, violación, malformaciones fetales graves, etc.”

Entonces teníamos una cantidad de recomendaciones de estos Comités de monitoreo Internacionales, además no solamente del Comité de los Derechos de la Mujer, sino también del Comité de Derechos Humanos que es el más tradicional de todos; del Comité de los Derechos de los Niños que también recomienda la despenalización del aborto porque tiene claro que está en riesgo la salud de las mamás; del Comité Interamericano de Derechos Humanos que a veces es alguno de los argumentos que usa la oposición porque protege el derecho a la vida desde el momento de la concepción, pero resulta que hay una frase que dice “en general”, y todos sabemos que ello admite excepciones, y además en sus recomendaciones a Colombia dicen claramente que les preocupa cómo el aborto totalmente penalizado es una causa de mortalidad materna tan alta.

La Corte había venido usando todos estos argumentos de derecho internacional para otros temas. Entonces lo que le dijimos a la Corte básicamente fue: “sea consistente, usted tiene que aplicar esos mismos criterios de interpretación de los derechos al tema del aborto”. Y eran tan claros y tan específicos que no había manera de refutar.

Hay además dos precedentes jurisprudenciales que ocurrieron el año pasado, que también tienen importancia muy particular para América Latina. El primero es el caso de Paulina Asper de Méjico que se llevó ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. En este caso el Estado mejicano reconoció responsabilidad internacional por no haberle permitido el aborto al que Paulina tenía derecho haber sido resultado de una violación, por falta de regulación, por falta de claridad, por falta de voluntad de las personas que estaban involucradas en el proceso de la provisión del servicio. Reconocieron que era una violación a los derechos humanos de Paulina y por lo tanto, habiendo reconocido responsabilidad internacional, buscarán la manera de remediar esto.

Hay otro caso, el de Karen Llantoy de Perú. En este caso el Estado peruano fue condenado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas por no haberle permitido el aborto en el caso del feto anencefálico. Lo interesante de este caso es que no se citaron los derechos tradicionales como el derecho a la vida, a la salud, a la integridad, a la dignidad, a la igualdad, sino que fueron más allá y por primera vez dijeron que se trataba de una violación al derecho de estar libre de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. El haberla obligado a tener el hijo anencefálico que sabían que se iba a morir inmediatamente, se consideró tortura por parte del Estado peruano.

Estos dos casos tienen un punto en común que creo muy relevantes para Argentina en este momento. En los dos casos se trataba de abortos que eran legales según la legislación nacional pero que por alguna razón las mujeres no pudieron acceder a este derecho. Aquí hay un tema muy interesante para la Argentina, y es cómo la jurisprudencia internacional cada vez es más clara e indica que cuando el aborto es legal tiene que ser accesible. No se puede negar el servicio a una mujer cuando la ley es clara.

Como aporte, les llamo la atención sobre la existencia de estas Cortes Internacionales que últimamente se han mostrado abiertas a la recepción de este tipo de casos. La jurisprudencia es cada vez clara, cada vez aporta más elementos. Creo que el caso de Argentina hay que llevarlo a una Corte Internacional. Las posibilidades de que la decisión sea favorable son altísimas y además, todos esos argumentos internacionales tienen que ser exigidos dentro de la jurisprudencia constitucional argentina, porque la propia Constitución incorpora todos los Tratados de Derechos Humanos.

Veo que todos los argumentos que usé en Colombia pueden ser aplicados en Argentina. No conozco el contexto y eso se los dejo a su juicio, pero por lo que leído y desde el punto de vista teórico jurídico veo que aplican perfectamente los argumentos.

Finalmente, una referencia al cambio de los actores. Obviamente como el debate era originalmente religioso, los periodistas a las primeras personas a las que iban a entrevistar cuando había algún debate o alguna noticia era a representantes de la Iglesia Católica. Era la fuente principal para los periodistas.

Logramos que eso cambiara diversificando, democratizando los actores. Obviamente cuando hablamos del aborto como un tema de salud pública, los expertos en salud pública tienen cosas importantes que decir. Los médicos, los grupos feministas aunque a veces tienen posturas igual de radical que la iglesia. En este caso yo adopté una posición moderada, en donde simplemente pedía la despenalización del aborto en los casos más extremos, donde estaba en riesgo la vida o la salud física y mental de la mujer por casos de violación, incesto o cuando hay malformaciones fetales graves.

Enseguida todos los grupos de mujeres feministas salieron diciendo que lo que se necesitaba era la despenalización total. Esto posibilitó que yo pudiera seducir a este sector de la población que está en la mitad. Que no está casado con ninguno de los dos extremos. A través de un debate que no fuera apasionado sino muy racional, muy centrado, muy moderado con argumentos, se logró seducir a la mayoría de la sociedad.

Las estadísticas son bastante claras. Cuando presentamos la demanda en abril de 2005, el 85% de la población colombiana estaba en contra de cualquier tipo de despenalización. En marzo de 2006, antes de que la decisión final saliera, ya teníamos el 55 % de la población a favor de la despenalización parcial del aborto, en los términos en que yo lo había solicitado a la Corte.

La decisión salió el 10 de mayo de 2006 y después de esto el apoyo subió a más del 60%.

Esto cumple con el objetivo del litigio de alto impacto y es cómo a través de una acción judicial se puede crear todo un proceso que modifique la opinión pública. En este sentido, la participación fue tan democrática que todo el que quiso habló de un tema que antes era considerado tabú, del que no se hablaba o era un tema que quemaba políticamente

De repente se volvió “el tema más importante del que todo el mundo tenía que hablar”. A favor o en contra. Felizmente a favor.

Todas las personas que tienen que ver con la opinión pública tuvieron que salir en algún momento a opinar. Al principio llevábamos la cuenta, hoy en día ya es imposible.

Por ejemplo los médicos, las universidades empezaron a incorporar el tema. Fui invitada a hablar en muchísimas universidades y ahí me enteraba que se había vuelto un tema de clases, en un tema de conversaciones familiares, un tema que invadió la agenda nacional hasta el punto que coincidió con elecciones y, después que a los candidatos era un tema que no les interesaba para nada, por primera vez en diciembre del año pasado me ofrecieron lanzarme al Congreso con todos los partidos políticos del país.

Por primera vez se volvió tan importante, que pasó a ser políticamente incorrecto no apoyar.

Pero siempre de una perspectiva no apasionada, muy racional, muy centrada, donde cada uno de los participantes hacía lo que sabe hacer.

Yo abogada hacía la parte de política de algo impacto. Católicas por el Derecho a Decidir criticaba a la Iglesia y me ayudaba a mantener un eje en el debate, las feministas organizadas marchaban y manifestaban en los espacios públicos, los universitarios organizaban debates académicos, los comunicadores sociales escribían y sostenían las editoriales. Cada cual apoyaba al proceso desde lo que sabía hacer. Los médicos experto en malformaciones, hablaba de malformaciones fetales. Una multiplicación de actores y cada cual hablando y haciendo de lo que sabía.

Estas fueron en general, más o menos las estrategias más importantes para lograr esta decisión en Colombia. Muchas gracias.

Seminario: «Aborto, derechos, subjetividad y poder»

“Diferentes estrategias para el acceso al aborto legal, seguro y gratuito” Etiquetado en:     Campaña 28 septiembre, 2006 Actividades

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