Acciones por el 8 de marzo en Buenos Aires
Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito recibimos con satisfacción el fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que reafirma en relación al Aborto No Punible, la interpretación que hemos sosteniendo durante años quienes defendemos los derechos humanos de las mujeres.
Este fallo confirma lo resuelto por el Tribunal Superior de la Provincia de Chubut que decidió favorablemente la solicitud de a una joven de 15 años a interrumpir su embarazo impuesto por una violación. Con esta sentencia la Corte reconoce la constitucionalidad del artículo 86 del Código Penal, que desde 1921, permite el aborto cuando está en peligro la vida o la salud de la mujer, o en caso de violación.
La decisión del Máximo Tribunal se fundamenta en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Constitución Nacional, y establece claramente que la práctica del aborto no es punible cuando el embarazo es producto de una violación y que las mujeres tienen el derecho a acceder a esta práctica en los servicios de salud, sin necesidad de autorización judicial. Asimismo fija lineamientos para que las autoridades nacionales, provinciales y municipales implementen y hagan operativos protocolos hospitalarios para la atención del aborto no punibles, añadiendo que la objeción de conciencia solo puede ser individual, y no puede ser esgrimida para negar un derecho que debe ser garantizado por los servicios de salud.
Consideramos que esta resolución es un triunfo colectivo, ya que muchísimas voluntades se han puesto en juego en estos años para avanzar paso a paso en más derechos, en más libertades y en más democracia. Desde todas las regiones del país venimos trabajando de manera incansable por la despenalización y legalización del aborto en la Argentina y en este proceso hemos denunciado incumplimientos legales y acompañado casos testigo de niñas y jóvenes que sufrieron violencia sexual, y/o que el embarazo ponía en riesgo su salud, cuyos derechos habían sido vulnerados por las instituciones que debían protegerlas. Algunas veces logramos la atención oportuna de los servicios de salud, otras los obstáculos ideológicos y/o religiosos lo impidieron.
Coincidimos con los jueces de la Corte que postulan como argumento central el cumplimiento de los mandatos que surgen de tratados que cuentan con jerarquía constitucional, que sostienen que se debe eliminar la persecución penal de las mujeres que abortan y sobre todo la exigencia de que lleven a cabo actos heroicos.
Entendemos que es un avance en los temas constitucionales relevantes para el debate parlamentario sobre la despenalización y legalización del aborto. Al mismo tiempo fortalece y profundiza argumentos basados en el derecho a la igualdad, la autonomía y la protección de las mujeres víctimas de violencia, y que se debe dar un paso más para proteger a todas las mujeres.
Esta decisión de la Corte Suprema refuerza la necesidad del debate en el Congreso del proyecto presentado por esta Campaña que incluye en su articulado la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación por la sola decisión de la mujer, además de los casos ya contemplados.
Con alegría, fuerza y esperanza por este importante paso seguimos afirmando que la despenalización y legalización del aborto sigue siendo una deuda de la democracia con las mujeres. Ayer se expidió el Poder Judicial, ya es tiempo que el Congreso también asuma su responsabilidad.
Por más libertad, por más justicia, por más derechos, por más democracia seguimos en Campaña.
Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito
Argentina, 14 de marzo de 2012
Educación sexual para decidir – Anticonceptivos para no abortar – Aborto legal para no morir
Especial comunicados y pronunciamientos ante el fallo:
aborto no punible Corte Suprema derechos de las mujeres protocolos violación 15 marzo, 2012